Zafó Ariel Rosendo: fue condenado pero seguirá libre
El sindicalista y ex senador provincial Ariel Omar Rosendo fue condenado a tres años de prisión en suspenso. Con un voto en disidencia, el tribunal que lo juzgó resolvió declarar al imputado como responsable de los delitos de robo simple (dos hechos), desobediencia a una orden judicial y violación de las medidas sanitarias establecidas durante la lucha contra la pandemia por el Covid 19.
Cabe recordar que los hechos por los que se investigó a Rosendo, sucedieron el 18 de mayo de 2020 durante el aislamiento social preventivo y obligatorio. Fue acusado de ingresar de manera violenta al domicilio de su ex esposa rompiendo las puertas de ingreso y sustrayendo ilegítimamente una serie de bienes muebles que eran propiedad del organismo gremial SMATA.
Por las características del episodio y la exposición pública de Rosendo, el caso se transformó en un escándalo.
El tribunal fue presidido por Aníbal Astudillo, e integrado por Sandra Ehrlich y Daniela Estrada. Como fiscal de juicio intervino el Dr. Maximiliano Bazla Cassina; en representación de las querellas, Leticia Latini y Omar Uría y Guillermo Alfredo Gatica (SMATA), mientras que como defensores del imputado actuaron Marcos Juárez y Ramiro Rubio.
En la sala de juicios Nº 2 de los tribunales de Villa Mercedes, este lunes, minutos después de las 19:00, Aníbal Astudillo dio a conocer lo resuelto, por mayoría:
-“Declarar al acusado Ariel Omar Rosendo autor penalmente responsable de los delitos de robo simple, Art. 164 del Código Penal; desobediencia de una orden de la autoridad judicial, Art. 239 del Código Penal; violación de las medidas anti epidémicas, Art. 205 del Código Penal, todo ello en concurso ideal, Art. 54 del Código Penal y condenarlo a sufrir la pena de tres años de prisión en suspenso, accesorias legales y costas procesales.
-Comunicar al Registro Nacional de Reincidencia.
-Remítanse las presentes actuaciones al Juzgado de Ejecución Penal para que asuma la correspondiente ejecución de pena. Ordene el cese de las medidas celebradas en la audiencia el 31/10/2022
-Disponer a Ariel Omar Rosendo la prohibición de acercamiento respecto de la señora I.M. a menos de 200 metros del lugar de residencia, esparcimiento y frecuencia de la misma hasta el agotamiento de la pena impuesta, además deberá el condenado cumplimentar las pautas de conducta estipuladas el Art. 27 bis del Código Penal bajo apercibimiento de ley.
-Téngase presente las reservas formuladas por la querella de Smata.
-Cabe mencionar que también se dio lectura al voto en disidencia de Sandra Ehrlich.
Fuente: nota y fotos Prensa Poder Judicial




