Cárcel para los dos acusados del asesinato de Valentín Sosa

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Este lunes, la jueza de Garantía N° 4, Luciana Banó, resolvió dictar la prisión preventiva por 120 días para Kevin Ortiz y Marcos Videla, imputados por el homicidio de Valentín Manuel Sosa, ocurrido el 4 de agosto en el barrio 274 Viviendas de Juana Koslay, al lado del country «La Agripina».

La decisión se adoptó en línea con lo solicitado por la Fiscalía de Instrucción N° 2, a cargo del fiscal Ricardo Barbeito y la fiscal adjunta Ornella Costa, quienes sostuvieron que el hecho constituye un homicidio agravado por haber sido cometido para facilitar u ocultar otro delito y procurar la impunidad, encuadrado en el artículo 80, inciso 7, del Código Penal.

La fiscalía fundamentó su pedido en la existencia de riesgos procesales: “de fuga, atendiendo a la gravedad de la pena en expectativa, y de entorpecimiento, dado que aún resta tomar declaraciones a testigos claves del barrio que podrían ser influenciados”, explicó Barbeito.

Las defensas, ejercidas por los defensores oficiales Carlos Salazar y Stefanía Cifuentes, cuestionaron la medida y plantearon alternativas menos gravosas, aunque finalmente la jueza hizo lugar al pedido fiscal.

Cifuentes, que representa a Ortíz, recordó que “la investigación de esta causa comenzó como una muerte natural”, manifestó. En ese sentido, señaló que el domicilio de la víctima fue hallado “en perfectas condiciones de orden y limpieza, sin ningún tipo de desorden que alertara de una posible comisión de un hecho delictivo, como por ejemplo un robo”.

La defensora consideró “apresurado, por más que sea una imputación provisoria, hablar de una conexidad entre un robo y un homicidio, cuando no hay evidencia de ese delito concretamente”. Como respaldo, mencionó que, tras la entrega de la vivienda a la hermana de la víctima, “se encontraron armas, municiones y dinero en efectivo dentro de una riñonera de color negra con letras blancas, guardada en un placard”.

Además, planteó que la hipótesis de la fiscalía sobre un robo vinculado al homicidio “no está acreditada adecuadamente ni existen suficientes indicios para sostenerla” y pidió que se considere un cambio de calificación.

Respecto de la medida de coerción solicitada, sostuvo que la prisión preventiva “es la más gravosa y la que más altera los derechos fundamentales de las personas, en especial la libertad durante el proceso”. Adelantó que, en caso de mantenerse, solicitará la prisión domiciliaria, garantizada por una custodia personal de un familiar y con el debido control del Instituto Provincial de Reinserción Social.

Por último, cuestionó el plazo requerido por la fiscalía por excesivo: “Treinta días serían suficientes en todo caso para cautelar este proceso concretamente”.

Salazar, por su parte, dijo que que se llevaron a cabo distintas medidas, entre ellas testimoniales y una reconstrucción del recorrido realizado el día del hecho. “Hemos hecho, en conjunto con la fiscalía, una suerte de reconstrucción de lo que fue todo el camino que hicieron desde el domicilio donde manifestó Videla, mi asistido, que se encontró con el señor Kevin en el barrio Eva Perón, hasta el domicilio donde supuestamente se habría producido el hecho”, explicó.

Salazar subrayó que, aunque todavía no se cuenta con resultados de pruebas pendientes, la declaración de su defendido ya fue corroborada en varios puntos. “Él no ha actuado ni ha sabido qué iba a pasar ese día en la casa de la persona que falleciera. Simplemente fue acompañado, lo invitan a realizar este recorrido y no ha sido más que eso”, sostuvo.

No obstante, se opuso al plazo solicitado por la fiscalía para la prisión preventiva. “Entiendo que con un plazo de 30 días es más que suficiente a los efectos de obtener el resultado de dos pericias claves: una sobre un supuesto guante encontrado durante la reconstrucción y otra sobre el análisis de un teléfono, que corroborará que no hay ningún tipo de vinculación con el hecho”.

Finalmente, Salazar anticipó que pedirá una medida menos gravosa: “Vamos a tramitar de manera paralela una prisión domiciliaria en el domicilio del padre de mi defendido. Por lo tanto, me opongo puntualmente a la prisión preventiva solicitada por la fiscalía, sobre todo admitiendo que es muy factible un cambio de calificación respecto de la imputación actual”.

Banó, luego de escuchar a la defensa, tuvo por formulados los cargos y al fundamentar la medida, la magistrada aclaró que la prisión preventiva “no constituye un anticipo de pena, sino una medida cautelar para resguardar los riesgos del proceso”. En este sentido, destacó “la solidez de la imputación”, las características del hecho, el estado de la investigación y la existencia de riesgos procesales “conforme al artículo 203 del Código de Procedimiento”, tanto de entorpecimiento de la causa como de fuga.

Nota: Prensa del Poder Judicial

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