Caso Lucio Dupuy: prisión perpetua para las autoras del horror

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Foto publicada por diario Crónica

La madre de Lucio Dupuy y su pareja fueron declaradas culpables este mediodía en la ciudad pampeana de Santa Rosa por un tribunal que consideró asesinaron al niño de 5 años en noviembre del 2021, por lo que recibirán una pena de prisión perpetua, según informó la agencia de noticias Télam.

La sentencia fue dictada pasadas las 12 por el Tribunal de Audiencias de La Pampa, que declaró a la madre del niño, Magdalena Espósito Valenti, autora material del «homicidio triplemente calificado por el ensañamiento, por la alevosía y por el vínculo», pero fue absuelta por el abuso sexual, mientras que los jueces entendieron que su pareja Abigail Páez fue autora material del «homicidio calificado por ensañamiento y alevosía y por abuso sexual gravemente ultrajante» de Lucio.

Si bien el tribunal no dio a conocer el monto de la pena que recibirán las condenadas, el delito que le imputaron a ambas estipula como única opción la pena de «prisión perpetua».

Las acusadas Espósito Valenti y Páez no estuvieron presentes en la sala de audiencias del Centro Judicial de Santa Rosa y escucharon la lectura del veredicto de manera virtual en su lugar de alojamiento, en el Centro de Detención de la provincia de San Luis.

Apenas finalizada la audiencia, el abogado querellante José Mario Aguerrido se manifestó ante los periodistas «sorprendido» por la absolución de Espósito Valenti del delito de «abuso sexual» y expresó que aguardará la lectura de los fundamentos de la sentencia para analizar y, luego, apelar.

Lucio Dupuy (5) fue asesinado a golpes el 26 de noviembre de 2021 en la vivienda de la calle Allan Kardec al 2300 de la ciudad de Santa Rosa, donde residía con su madre y la pareja de ella.

Su mamá, Espósito Valente, fue acusada por el equipo de fiscales integrado por Walter Martos, Verónica Ferrero, Mónica Rivero y Máximo Paulucci, de los delitos de «abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la ascendiente (progenitora), con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía».

A Páez, en tanto, el MPF le imputa el «abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía».

Fuente: Télam y diario Crónica

Foto: diario Crónica

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